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Cinco proyectos de ley para atender la emergencia por coronavirus

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Distintas bancadas del Parlamento han presentado cinco proyectos de ley basados específicamente en la necesidad de atender la emergencia que determina el aislamiento social e inmovilización obligatoria.

Amnistía bancaria y tributaria

Una de ellas es Podemos Perú, bancada que propuso la iniciativa legislativa de amnistía bancaria y tributaria por razones de emergencia generalizada a nivel nacional el 18 de marzo.
Este proyecto establece la suspensión de obligaciones bancarias y compromisos tributarios de los administrados que se encuentren afectados por la emergencia nacional y que se encuentren debidamente declarados.
Esta se aplicaría a tarjetas de crédito utilizadas por personas naturales y jurídicas que se encuentran impedidas de realizar sus labores debido al estado de emergencia nacional. Así como al pago de cuotas de hipotecas y préstamos de deudores impedidos de realizar sus actividades, así como al pago de impuestos y arbitrios.
La iniciativa propone la prohibición del incremento de tarifas de servicios como electricidad, gas y agua en lo que dura el estado de emergencia. Además, en el caso de los trabajadores despedidos debido al estado de emergencia, la propuesta precisa que los intereses de las tarjetas de crédito e hipoteca se suspendan hasta por un plazo de seis meses luego de finalizada la emergencia.
Otra de las iniciativas de este grupo parlamentario es la incorporación de la vigésimo quinta disposición final y transitoria del Texto Único ordenado de Ley del Sistema privado de administración de fondos de pensiones.
De esa manera, se plantea que se incorpore que el afiliado que no ha registrado ni se le ha retenido aportaciones al Sistema Privado de Pensiones por más de 36 meses de manera consecutiva, pueda optar, si así lo desea, por el retiro total de su fondo total acumulado en su cuenta individual de capitalización.
Por otro lado, Alianza Para el Progreso (APP) hizo llegar el proyecto de ley que autoriza a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) a dar facilidades para el pago de obligaciones ante la declaración de estado de emergencia nacional.
Que la SBS, de manera excepcional, dicte normas para la postergación de los cronogramas de pago por hasta 60 días calendario, de las deudas que tuvieran las personas naturales o jurídicas con las entidades del sistema financiero nacional y que venzan durante la vigencia de la declaración del estado de emergencia. En caso los usuarios deseen acogerse al beneficio, deberán hacerlo conocer a la entidad financiera, señala el proyecto de ley.
La congresista Carmen Omonte de APP ingresó la iniciativa que prohíbe la especulación de precios y el acaparamiento de medicinas y alimentos en este tiempo de emergencia nacional.
“Quienes lo cometan deben ser sancionados de acuerdo a lo que establece el artículo 234 del Código penal (pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años y con noventa a ciento ochenta días-multa); y asimismo propone la restitución del artículo 233 del Código Penal”, señaló Omonte.
El congresista César Combina, de la misma bancada, propuso la iniciativa basada en salvaguardar la economía familiar en este estado de emergencia a partir de la suspensión del pago de cuotas de deudas (tarjetas, préstamos, hipotecas, seguros), y se pidan los pagos luego de 10 días de concluido el periodo de estado de emergencia.
Asimismo, sin perjuicio de lo señalado -dice la propuesta-, la entidades financieras estarán obligadas a aceptar, a pedido de los clientes, la postergación de los pagos de cuotas de créditos por un máximo de 30 días calendario sin intereses, moras o comisiones.
También, propone la suspensión de la contabilización de intereses que generen el no pago de cuotas de los clientes. Finalmente, la suspensión del pago de cuotas de los servicios básicos de agua, luz, internet y teléfonos.

Fuente: Diario La República
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Autor JAVIER PAREDES UGARTE

RADIO RED ANDINA - "La Señal Macro Sur".